
Descripción
Intensificación del Conflicto y Criminalización (2000–2010) examina una de las décadas más complejas de la historia contemporánea de las relaciones entre el Estado chileno y el pueblo mapuche. Si los años noventa estuvieron marcados por la recuperación democrática, la Ley Indígena de 1993 y la construcción de una nueva institucionalidad, el comienzo del siglo XXI mostró con creciente claridad los límites de aquel modelo. Las expectativas de reconocimiento y solución territorial coexistieron con nuevas movilizaciones, ocupaciones de predios, acciones contra empresas forestales, procesos judiciales y una respuesta estatal donde la dimensión policial y penal adquirió una importancia cada vez mayor. El período 2000–2010 constituye, por ello, un punto de inflexión. La denominada cuestión mapuche dejó de aparecer principalmente como materia de política indígena, desarrollo rural o reconocimiento cultural y comenzó a instalarse de manera permanente en el debate sobre seguridad pública, orden público, violencia, derechos humanos y aplicación del derecho penal. Al mismo tiempo, las organizaciones mapuches adquirieron mayor visibilidad nacional e internacional, mientras conceptos como territorio, autonomía, autodeterminación y derechos colectivos comenzaron a ocupar un lugar cada vez más relevante en el discurso indígena contemporáneo. El subtítulo Alta visibilidad pública y judicialización sintetiza esta transformación. El conflicto se volvió más visible, pero también más judicializado. Y en ese tránsito se produjo una de las principales tensiones que atraviesan este tomo: ¿hasta qué punto la respuesta penal puede resolver un conflicto que posee raíces históricas, territoriales, sociales y políticas? Del reconocimiento a la conflictividad. El nuevo siglo comenzó con una contradicción. Chile disponía desde 1993 de una Ley Indígena, de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) y de mecanismos estatales destinados a responder a demandas territoriales. Sin embargo, numerosas comunidades consideraban que los avances eran demasiado lentos o insuficientes frente a la magnitud histórica de las reivindicaciones. El problema territorial permanecía en el centro. La compra y transferencia de tierras mediante mecanismos estatales permitió responder a algunas demandas, pero no produjo una solución general. A ello se sumaron controversias relacionadas con empresas forestales, proyectos energéticos, propiedad privada y utilización de recursos naturales. Esta acumulación de problemas contribuyó a una creciente radicalización de determinados sectores. Es fundamental establecer aquí una distinción académica: el pueblo mapuche no constituye un actor político homogéneo. Durante esta década coexistieron organizaciones que privilegiaban el diálogo institucional, comunidades que recurrían a mecanismos administrativos y judiciales, movimientos culturales, organizaciones territoriales y grupos que legitimaban estrategias de confrontación directa. Confundir esas expresiones significaría atribuir a un pueblo completo las acciones de organizaciones específicas. Territorio y nueva movilización mapuche. Las demandas territoriales adquirieron durante estos años una formulación política más amplia. La tierra continuó siendo fundamental, pero progresivamente comenzó a utilizarse con mayor fuerza el concepto de territorio. La diferencia resulta significativa. La tierra puede referirse a un predio determinado. El territorio incorpora una dimensión histórica, comunitaria, política, cultural y ambiental. Dentro de determinados sectores del movimiento mapuche, la reivindicación comenzó así a desplazarse desde la recuperación de propiedades específicas hacia discursos relacionados con control territorial, autonomía y reconstrucción territorial. Organizaciones como la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), surgida hacia finales de la década anterior, adquirieron particular visibilidad mediante acciones de recuperación territorial y confrontación con empresas forestales y propietarios. Sin embargo, nuevamente resulta indispensable evitar generalizaciones. La estrategia de la CAM no representó al conjunto del movimiento mapuche, y dentro de las propias comunidades existieron diferencias significativas respecto de los medios legítimos para alcanzar reivindicaciones territoriales. Esta diversidad constituye un elemento central para cualquier análisis histórico riguroso. Empresas forestales y conflicto territorial. La presencia de la industria forestal se convirtió en uno de los componentes más visibles del conflicto. Las plantaciones de pino y eucalipto se habían expandido durante décadas en el centro-sur de Chile, favorecidas inicialmente por políticas estatales de fomento forestal. Durante los años 2000, determinados predios pertenecientes a empresas forestales comenzaron a convertirse en objetivos de reivindicaciones territoriales. Para algunas comunidades, esos espacios formaban parte de territorios históricamente perdidos. Para las empresas, constituían propiedades adquiridas y protegidas por el ordenamiento jurídico vigente. Para el Estado aparecía una dificultad particularmente compleja: ¿cómo responder cuando una reivindicación histórica entra en conflicto con derechos de propiedad reconocidos jurídicamente en el presente? Esta pregunta atraviesa buena parte del período. El conflicto no podía resolverse simplemente mediante una lectura del pasado, pero tampoco podía comprenderse ignorando ese pasado. De la protesta al derecho penal Uno de los rasgos más controvertidos de la década fue el creciente recurso a herramientas penales frente a determinadas acciones vinculadas al conflicto. Incendios, ataques contra propiedades, amenazas y otras conductas fueron objeto de investigación y persecución penal. El Estado posee, naturalmente, la obligación de investigar delitos y proteger los derechos y la seguridad de todas las personas. El problema académico y jurídico aparece cuando debe determinarse qué legislación corresponde utilizar, bajo qué garantías y con qué proporcionalidad. Aquí adquiere especial relevancia la aplicación de la Ley N.º 18.314, conocida como Ley Antiterrorista. Esta normativa había sido promulgada durante la dictadura militar en 1984 y posteriormente modificada en democracia. Durante la década de 2000 fue aplicada en algunos procesos vinculados a acciones atribuidas a activistas mapuches. Su utilización generó una fuerte controversia nacional e internacional. El debate no consistía en determinar si los delitos debían investigarse. La cuestión era si determinados hechos relacionados con reivindicaciones territoriales reunían las características necesarias para ser tratados mediante legislación antiterrorista y si los procedimientos utilizados respetaban plenamente las garantías del debido proceso. El caso de los lonkos. Uno de los episodios más representativos de esta judicialización fue el proceso contra los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín. Ambos dirigentes mapuches fueron condenados por el delito de amenaza de incendio terrorista en un proceso que posteriormente adquiriría relevancia internacional. Años después del período analizado por este tomo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Norín Catrimán y otros vs. Chile de 2014, determinó que Chile había vulnerado diversos derechos en procesos penales seguidos contra dirigentes y activistas mapuches bajo legislación antiterrorista. La Corte examinó, entre otras materias, el principio de legalidad, presunción de inocencia, igualdad y no discriminación y garantías judiciales. Aunque la sentencia pertenece a una etapa posterior, resulta fundamental para evaluar históricamente los procesos ocurridos durante la década de 2000. La judicialización ya no constituía solamente una controversia nacional. Comenzaba a convertirse también en un problema internacional de derechos humanos. Operación Paciencia. Durante el gobierno de Ricardo Lagos adquirió particular relevancia la estrategia policial y judicial conocida públicamente como Operación Paciencia, dirigida hacia la investigación de integrantes y dirigentes vinculados a la Coordinadora Arauco-Malleco. El episodio refleja con claridad el cambio de enfoque que estaba ocurriendo. El Estado democrático continuaba desarrollando políticas indígenas y mecanismos de adquisición de tierras, pero simultáneamente fortalecía una respuesta policial y penal frente a acciones consideradas delictivas. Se configuraban así dos políticas paralelas: diálogo y política social por una parte; seguridad y persecución penal por otra. Esta dualidad permanecería durante los años siguientes. El problema consistía en que, cuando la dimensión de seguridad adquiría predominio, existía el riesgo de que la cuestión territorial completa comenzara a interpretarse mediante categorías policiales. Allí surge el concepto de criminalización que da título al tomo. ¿Qué significa criminalización? Utilizar académicamente el término criminalización exige precisión. No significa afirmar que toda investigación penal de una persona mapuche constituye persecución política. Tampoco significa negar la existencia de delitos. En un Estado democrático, incendiar propiedades, ejercer violencia contra personas o destruir bienes puede generar legítimamente responsabilidad penal, independientemente de la identidad étnica del responsable. El concepto adquiere relevancia cuando demandas políticas, movimientos sociales o identidades colectivas comienzan a ser interpretados predominantemente mediante categorías criminales, o cuando existe preocupación respecto de la utilización desproporcionada de herramientas excepcionales. Por ello, el libro propone distinguir rigurosamente entre: reivindicación territorial, protesta social, desobediencia civil, delito común y terrorismo. No son categorías equivalentes. Confundirlas empobrece el análisis histórico y puede dificultar la construcción de respuestas democráticas. La muerte de Alex Lemún. Uno de los acontecimientos que marcó profundamente la década fue la muerte del joven mapuche Alex Lemún, de 17 años, ocurrida en noviembre de 2002 después de recibir un disparo efectuado por un carabinero durante un operativo policial relacionado con una ocupación territorial. El caso se convirtió en un símbolo dentro del movimiento mapuche. Su importancia trascendió las circunstancias concretas del enfrentamiento. Para numerosas organizaciones, la muerte de Lemún representó la evidencia de una relación crecientemente violenta entre comunidades movilizadas y fuerzas policiales. El caso llegó posteriormente al sistema interamericano de derechos humanos y el Estado chileno reconoció responsabilidad internacional en el marco de una solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La muerte de Lemún fortaleció una memoria de victimización que tendría gran importancia en las movilizaciones posteriores. Matías Catrileo y Jaime Mendoza Collío. La década estuvo marcada por nuevas muertes en contextos de reivindicación territorial. En enero de 2008, el estudiante mapuche Matías Catrileo murió tras recibir un disparo efectuado por un carabinero durante una ocupación de tierras en Vilcún. En agosto de 2009, Jaime Mendoza Collío murió también por un disparo policial durante un procedimiento relacionado con una ocupación territorial en la zona de Angol. Estos acontecimientos produjeron fuertes reacciones sociales. Cada muerte reforzó la percepción, dentro de sectores mapuches, de que el conflicto territorial estaba siendo abordado mediante una creciente presencia policial. Para el Estado, en cambio, los operativos se relacionaban con la obligación de restablecer el orden y proteger derechos de propiedad. La distancia entre ambas interpretaciones se hizo cada vez mayor. Y con ella aumentó la desconfianza. Derechos humanos y estándares internacionales. Durante esta década la cuestión mapuche adquirió una dimensión internacional mucho más visible. Organismos de derechos humanos comenzaron a observar las políticas chilenas, especialmente en materias relacionadas con legislación antiterrorista, uso de la fuerza, debido proceso y derechos territoriales. El debate internacional estaba cambiando además de manera profunda. En 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, consolidando principios relacionados con autodeterminación, identidad, cultura, participación y tierras y recursos. Chile votó favorablemente. Un año después ocurrió otro cambio fundamental. El Convenio 169 de la OIT Chile ratificó en 2008 el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, que entró en vigor para el país el 15 de septiembre de 2009. Este acontecimiento representa uno de los avances jurídicos más importantes del período. El Convenio introdujo obligaciones relacionadas con consulta, participación, cultura, instituciones propias, tierras y relación de los pueblos indígenas con sus territorios. Su entrada en vigor modificó el marco dentro del cual debía desarrollarse la relación entre Estado y pueblos indígenas. Sin embargo, también abrió nuevas controversias. ¿Qué significa consultar? ¿Cuándo debe realizarse una consulta? ¿Qué efectos debe producir? ¿Cómo se relacionan derechos indígenas con decisiones de inversión y desarrollo? Estas preguntas marcarían profundamente la década siguiente. La huelga de hambre de 2010. El cierre del período estuvo marcado por una extensa huelga de hambre de presos mapuches en 2010, quienes cuestionaban, entre otros aspectos, la utilización de legislación antiterrorista y la existencia de procesos en jurisdicción militar y ordinaria relacionados con determinados hechos. La movilización alcanzó gran visibilidad nacional e internacional y obligó nuevamente al Estado a revisar aspectos de su respuesta penal. Durante 2010 se introdujeron reformas a la legislación antiterrorista. El episodio sintetizó buena parte de las tensiones acumuladas durante la década: territorio,. violencia,. Estado de derecho,. judicialización,. derechos humanos,. protesta,. identidad. y reconocimiento. Alta visibilidad pública. Entre 2000 y 2010 la cuestión mapuche se instaló definitivamente en los medios de comunicación nacionales. Esta visibilidad produjo efectos contradictorios. Por una parte, permitió que demandas históricamente desconocidas por buena parte de la sociedad chilena adquirieran presencia pública. Por otra, la cobertura estuvo frecuentemente asociada a incendios, enfrentamientos, detenciones y violencia. El riesgo era evidente. Cuando un pueblo aparece en el espacio público principalmente mediante noticias relacionadas con conflicto, puede producirse una asociación social entre identidad indígena y violencia. Esta asociación resulta sociológicamente peligrosa. La enorme mayoría de las personas mapuches no participaba en acciones violentas. Por ello, el libro insiste en una distinción fundamental: conflicto mapuche no significa pueblo mapuche violento. Existen conflictos territoriales donde participan actores mapuches. Existen organizaciones que han utilizado estrategias violentas. Pero ninguna de estas realidades permite atribuir colectivamente responsabilidad a un pueblo completo. Una década que profundizó la distancia. El principal problema que emerge del período es posiblemente la pérdida progresiva de confianza. Para numerosas comunidades, el Estado aparecía como lento para responder a demandas territoriales, pero rápido para desplegar fuerzas policiales. Para propietarios, agricultores y empresas afectados por ataques, el Estado podía aparecer precisamente de manera contraria: insuficientemente capaz de garantizar seguridad y proteger sus derechos. Ambas percepciones coexistieron. Esta realidad resulta fundamental para una lectura equilibrada. El conflicto produjo víctimas, inseguridad y temor en diferentes sectores. Una política democrática necesita reconocer simultáneamente derechos indígenas, derechos de propietarios, seguridad de las comunidades y obligación estatal de investigar delitos. El desafío consiste en hacerlo sin convertir todo el problema histórico en una cuestión exclusivamente policial. Consideración final. Intensificación del Conflicto y Criminalización (2000–2010) analiza una década en la que la relación entre el Estado chileno y sectores del movimiento mapuche ingresó en una etapa de creciente confrontación. El territorio continuó siendo el núcleo histórico. Pero alrededor de él comenzaron a acumularse nuevas dimensiones: seguridad pública, empresas forestales, autonomía, legislación antiterrorista, procesos judiciales, derechos humanos, violencia política, uso de la fuerza y estándares internacionales. La década contiene una paradoja particularmente significativa. Mientras aumentaba la judicialización, Chile avanzaba simultáneamente en el reconocimiento internacional de derechos indígenas. En 2007 apoyó la Declaración de Naciones Unidas. En 2008 ratificó el Convenio 169. En 2009 este comenzó a regir. Es decir, criminalización y reconocimiento avanzaron prácticamente al mismo tiempo. Esta contradicción constituye una de las claves históricas del período. El Estado comenzaba jurídicamente a reconocer derechos colectivos más amplios mientras, paralelamente, enfrentaba mediante herramientas policiales y penales algunas de las expresiones más radicalizadas del conflicto territorial. Al terminar la década, la cuestión mapuche era considerablemente más visible que en 2000. Pero visibilidad no significaba comprensión. Existía más información. Más legislación. Más instituciones. Más presencia policial. Más procesos judiciales. Y también más desconfianza. Por ello, el gran interrogante que deja este séptimo tomo no consiste en determinar simplemente quién tenía razón. La pregunta histórica es más difícil: ¿cómo llegó una democracia que había iniciado los años noventa prometiendo reconocimiento y diálogo a enfrentar, una década después, una relación con sectores del pueblo mapuche crecientemente marcada por judicialización, confrontación y desconfianza? Responder esa pregunta obliga a mirar simultáneamente historia, territorio, política pública, violencia, seguridad, justicia y derechos humanos. Y obliga, sobre todo, a reconocer una lección fundamental: un conflicto territorial de larga duración no puede resolverse únicamente mediante el derecho penal, del mismo modo que una reivindicación histórica no puede justificar la violencia contra las personas. Entre ambas afirmaciones se encuentra el complejo desafío democrático que Chile no consiguió resolver durante el período 2000–2010, y cuyas consecuencias continuarían marcando profundamente la década siguiente…
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Derechos de este libro
Convertimos derechos editoriales en oportunidades internacionales de crecimiento, conectando autores y editoriales con nuevos mercados, nuevos lectores y nuevos socios estratégicos alrededor del mundo.
Ficha técnica
- Título
- Intensificación del Conflicto y Criminalización (2000 - 2010)
- Autor
- G. Oliva C.
- Sello editorial
- Grupo Editorial Casa Hispana de Publicaciones
- Medidas
- 15x23cms
- Edición
- 1° edición 2024
- Editado en
- Chile
- Año de publicación
- 2025
- Idiomas disponibles
- Español, Inglés, Alemán, Portugués
- Encuadernación
- Tapa Blanda con Solapas
- Páginas
- 568
- Formato
- Libro físico
- Idioma
- Español





